viernes, 24 de julio de 2009

LA RENUNCIA DEL EMPLEADO ES UN ACTO PERSONAL.

La renuncia del empleado debe ser un acto voluntario. Toda “técnica persuasiva” para que “renuncie” puede ser revocada y revisada judicialmente. Un método muy frecuente y absolutamente ilegal y peligroso, es pretender cancelar indemnizaciones en el correo contra el envío del telegrama de renuncia.

En una causa se demostró que la empresa había “invitado” a enviar el telegrama de renuncia a una trabajadora, quien como había olvidado su documento de identidad en su casa, fue reemplazado por un telegrama laboral firmado por dos testigos, que fueron casualmente el jefe de personal de la empresa en cuestión y su secretaria. Se trataba de una persona con antigüedad en el empleo. Lo cierto es que la Justicia declaró nulo el despido, condenó a la empresa a abonar todas las indemnizaciones derivadas del despido indirecto, le impuso el pago de una indemnización por daño moral de $ 10.000.- y además mandó a investigar a la Justicia Penal el ilícito cometido por esas dos personas.- (causa: “Castro Graciela c. Coto”, Cámara Nacional de Trabajo Sala 2ª, fallo del 19.05.05).

Es evidente que se trató de una práctica totalmente innecesaria y también inoficiosa, que causó más perjuicios que beneficios.-

No hay comentarios:

Publicar un comentario